Pago de aguinaldos por parte del patrón vence este 20 de diciembre de lo contrario habrá sanciones: Juan Carlos Negrete.

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Zitácuaro, Michoacán.- Durante la semana pasada acudieron a la junta local de conciliación y arbitraje número 10 con sede en el municipio de Zitácuaro,  varios trabajadores de manera separada a buscar orientación entorno a cuál es la fórmula o lo que establece la ley en materia de pago de aguinaldos, así lo indico en entrevista su titular Juan Carlos Negrete Ruiz, al manifestar que existen diversas dudas por parte de la población.

Refieren que es uno de los temas que sus patrones no les dicen con claridad entorno a fecha de vencimiento, montos,  y sanciones a los que incurre el patrón al no cubrir esta prestación que marca la ley federal del trabajo.

En su artículo 87 contempla esta prestación, la fecha límite para su pago es el 20 de diciembre de cada año, la cantidad que debe de cubrirse es el equivalente a 15 días de salario mínimamente.

La junta estará trabajando hasta el día miércoles, cualquier duda será despejada en sus oficinas que se ubican sobre la calle de Lerdo de Tejada altos Banamex.

A todos aquellos que no se les pague esta prestación será a inicio de año cuando esta oficina acuda a manifestar su queja

Solo habrá una guardia exclusivamente para la celebración de convenios fuera de juicio. Por otra parte  donde las partes lleguen a un arreglo no podrán celebrarse convenios durante este receso vacacional.

El llamado que se les hace a los patrones es que cumplan oportunamente con la obligación que les impone la constitución y la ley federal del trabajo entorno al aguinaldo

“Insistir que aun cuando el trabajador no tenga un año cumplido, le corresponde la parte proporcional que haya laborado deberá ser cubierta.