PENSIÓN POR VIUDEZ NO DEBE SER CANCELADA CUANDO SE CONTRAIGAN NUEVAS NUPCIAS: DIP. MARY CARMEN BERNAL

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La diputada Mary Carmen Bernal Martínez presentó, en la sesión de hoy, modificaciones a las leyes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y la del Seguro Social, con la finalidad de que la pensión por viudez no sea cancelada cuando la mujer o el hombre contraigan nuevas nupcias.

En tribuna, la legisladora petista explicó que al condicionarse la procedencia de la pensión de viudez a que no se vuelva a tener el estatus civil de casada o casado, o bien, de habitar en concubinato, implica un acto de discriminación con respecto a las personas que desean contraer matrimonio, lo que atenta contra la familia y la protección especial que constitucionalmente se le reconoce como elemento natural y fundamental de la sociedad.

Agregó que los marcos legales actualmente no prevén la pérdida de la pensión por la incorporación de un trabajo remunerado de la viuda o viudo. “Es decir, no se opone a los ingresos adicionales que pudieran obtener los cónyuges, sino únicamente la anula por el inicio de una nueva relación de carácter marital, lo que a todas luces es discriminatorio”.

Dijo que en un país tan convulsionado y fragmentado como el nuestro se ha olvidado que los principios de igualdad revisten de gran importancia. Tenemos en nuestras manos el poder para corregir los errores del pasado, debemos hacer una revisión profunda al marco normativo mexicano y enmendar aquellos principios que se han vulnerado.

La legisladora por Michoacán sostuvo que tanto la Ley del ISSSTE como la del IMSS transgreden las garantías de igualdad y de seguridad social, porque si la pensión de viudez se actualiza con la muerte del trabajador o del pensionado y es un derecho del cónyuge, no debe ser motivo para no otorgarla por contraer nuevas nupcias.